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jueves, 30 de junio de 2016

CAMBIOS EN LA POLICÍA NACIONAL: Modificada la Ley No. 96-04 ya no habrá más "Jefes" solo directores por dos años

Nueva ley quitará título “jefe” al superior de PN, ahora Director General
PROYECTO DE REFORMA APROBADO AYER DICE QUE SERÁ DIRIGIDA POR UN DIRECTOR GENERAL

El superior de la Policía Nacional dejará de llamarse “jefe” y en cambio de eso se le denominará director general, a partir de la entrada en vigencia del proyecto de reforma de la institución, convertida en ley ayer por la Cámara de Diputados.

El proyecto contempla también una reducción del Consejo Superior Policial, que está bajo la dirección del Ministerio de Interior y Policía.


El mismo reduce  de 17 a ocho los miembros del Consejo Superior Policial  (CSP), siete con derechos a voz y voto y uno solo a voz, que lo será el consultor jurídico, que hará las veces de secretario.

 Consigna, además,  un tope en sus filas de 20 generales y establece que no se prestará servicio policial a personas físicas o morales ni a establecimientos comerciales, si no se determina que están en grave peligro. También una mejora a la investigación.

El proyecto de reforma a la Ley Orgánica de la Policía  fue convertido en ley luego de que fuera declarado de urgencia y aprobado en dos lecturas consecutivas.

El proyecto ya había sido aprobado por el Senado y pasa ahora al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Con la aprobación de este proyecto el Congreso Nacional  comenzó a definir su aporte a la lucha contra la delincuencia. La Cámara de Diputados aprobó esta semana el Proyecto de Ley de Armas de Fuegos y Municiones, del legislador  reformista Víctor (Ito) Bisonó. Ahora se encuentra en el Senado  para estudio de una comisión.

El director

Según establece el proyecto, la dirección ejecutiva de la Policía Nacional está a cargo del director general, quien será la más alta autoridad policial de mando, control, instrucción y administración de la institución, con el rango de mayor general.

Será designado por el presidente de la República, por un período de dos años, sin perjuicio de la potestad de disponer su separación anticipada.

Como requisitos se le exige ser dominicano,  tener por lo menos veinticinco años de servicio ininterrumpido en la Policía Nacional,  y haber alcanzado un grado universitario policial u otro grado universitario por una institución nacional o extranjera.

El director general,  al cesar en sus funciones, pasa automáticamente a situación de retiro, pero mientras esté en el cargo su función es incompatible con el desempeño de cualquier otro cargo público, con el ejercicio de su profesión o con actividades comerciales que entren en conflicto de intereses con la institución.

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La iniciativa  tiene por objeto modernizar y adecuar el marco jurídico existente establecido mediante la Ley No. 96-04, del 28 de febrero de 2004, actualizar y cambiar sus regulaciones, modificando la estructura organizativa del cuerpo policial, la facultad para disponer del nombramiento de sus integrantes, crear comisiones independientes conformadas por ciudadanos sin vinculación con la institución.

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